SERVICIO DE PREVENCIÓN

IntegralSUR ayuda a las empresas a cumplir con las normativas de seguridad y salud en el trabajo, reducir los riesgos laborales y mejorar el bienestar de los trabajadores a través de su Servicio de Prevención Ajeno.

El objetivo principal es garantizar que los trabajadores de una empresa u organización estén protegidos de cualquier riesgo laboral y que se cumplan todas las normativas y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo.

¿En qué casos es obligatorio contratar un Servicio de Prevención Ajeno?

La obligación de contratar un servicio de prevención ajeno depende del tamaño de la empresa, la actividad que desarrolla y la peligrosidad de su trabajo. En concreto, la normativa establece que será obligatorio para las empresas contratar un servicio de prevención ajeno en los siguientes casos:

  • Empresas donde la designación de trabajadores no sea suficiente para llevar a cabo la actividad de prevención y donde tampoco se obligatorio implementar un servicio de prevención propio. (empresas con más de 500 trabajadores)
  • Aquellas empresas que no estén obligadas a contar con un SPA pero que por la peligrosidad de su actividad o la siniestralidad producida, la autoridad laboral decida el establecimiento de un servicio de prevención.
  • Empresas en las que el propietario asume parcialmente las obligaciones preventivas

¿Qué actividades preventivas realiza el Servicio de Prevención?

IntegralSUR ofrece un servicio integral a las empresas y organizaciones para ayudarles a cumplir con las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales y promover la seguridad y salud en el trabajo. Entre los servicios ofertados se incluyen los siguientes:

  • Asesoramiento técnico en materia de prevención de riesgos laborales
  • Evaluación y análisis de los factores de riesgo que pueden afectar a los trabajadores en el desempeño de sus funciones en las distintas materias preventivas: Seguridad laboral, Higiene industrial, Ergonomía laboral, Medicina del trabajo y Psicología laboral.
  • Planificación de la actividad preventiva con la que se pretende planificar las medidas preventivas necesarias para reducir los riesgos laborales a niveles tolerables.
  • Formación e información a los trabajadores conforme al artículo 18 y 19 de la Ley de la Ley de Prevención de Riesgos.
  • Investigación de accidentes que se producen en la empresa y análisis de las causas para prevenir su repetición.
  • Elaboración de una memoria anual de actuaciones.

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